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Desalojo judicial a mujer estafada que habitaba su casa, sita en Avenida Centenario

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En la mañana de hoy personal policial llevó a cabo una orden judicial de desalojo en una vivienda ubicada en Avenida Centenario, donde residía una mujer de más de 70 años de edad, que hasta poco tiempo atrás no sólo tenía esa propiedad, sino también campos, bienes que perdió al ser manipulada por un estafador que actualmente se encuentra en Casilda, Santa Fe, donde espera se le tome declaración por otros delitos.

Un caso éste que se encuentra en los titulares del día, protagonizado por una ciudadana apellidada Oberti, su hijo apellidado Bazán y un señor que les habría estafado, apellidado Piedrabuena; atravesado por la vulnerabilidad, combinada con una manipulación psicológica sistemática, la que puede derivar en una tragedia patrimonial y humana. Estamos ante lo que parece ser un «combo» de manual de estafa: abuso de confianza, aislamiento de la víctima y aprovechamiento de la necesidad.

Según el relato de los abogados Alejandro Rees y Miguel Guridi, la situación no fue un evento aislado, sino un proceso de años:

  • Manipulación y Aislamiento: Ramón Piedrabuena habría utilizado tácticas para alejar a la mujer de su entorno, permitiéndole tomar control de sus decisiones.
  • Vulnerabilidad Extrema: Se menciona que la víctima pudo haber estado bajo el efecto de sustancias («drogada») durante tres años, lo que anularía cualquier consentimiento válido en los actos jurídicos.
  • Triangulación de Bienes: El traspaso de campos y la casa a nombre de terceros sugiere una ingeniería para dificultar la recuperación de los activos.

El Conflicto Judicial: ¿Por qué se ejecutó el desalojo?

El punto de fricción reside en la decisión del Juez Márquez Chada, quien priorizó el derecho del «comprador» (o quien puso la seña) por sobre la investigación penal en curso.

  1. Prejudicialidad Penal Rechazada: Los defensores solicitaron frenar el desalojo hasta que se determine si la venta fue legítima o fruto de una estafa. El juez, sin embargo, entendió que el desalojo es un proceso civil independiente donde solo se discute el derecho de ocupación actual.
  2. La Teoría del «Precio Vil»: La propiedad se habría entregado por unos 60 millones de pesos, lo que representa apenas el 10% o 15% de su valor real. En derecho, esto es un indicador fuerte de un acto jurídico viciado por la necesidad o la ligereza de una de las partes.
  3. Seña vs. Venta: Existe una discrepancia técnica: mientras el reclamante actúa como dueño, la defensa sostiene que solo existió una seña que nunca se perfeccionó en una venta total.

El Impacto Humano y Social

Más allá de los expedientes, la realidad actual es crítica:

  • Situación de Calle: Una mujer de más de 70 años ha quedado sin techo y sin el sustento que le daban sus antiguos campos.
  • Salud Mental: El hijo de la mujer (titular de la propiedad) se encuentra internado con una depresión severa, lo que agrava la falta de una red de contención familiar.
  • Intervención Estatal: Ante la ausencia de familiares que puedan asistirla, la Municipalidad ha tenido que intervenir de urgencia para buscar alternativas de alojamiento.

El caso de la señora Oberti pone de manifiesto una falla en la coordinación entre la justicia civil y la penal. Mientras la justicia penal avanza lentamente contra Piedrabuena (quien ya demostró su desapego a la ley al fugarse de la domiciliaria), la justicia civil ejecutó una medida irreversible que deja a una persona vulnerable en la calle.

Ahora, la estrategia de la defensa se centra en la nulidad del acto jurídico para intentar retrotraer las ventas, un camino legal largo que la víctima deberá transitar desde una situación de extrema precariedad.

Sobre la captura del estafador

Un victoriense detenido por su participación en diversas estafas, incluyendo la venta de bienes por una cifra millonaria en dólares que tiene como víctima a una mujer de nuestra ciudad, se fugó de la vivienda en que menos de 24 horas antes había quedado detenido con prisión domiciliaria, y en cuestión de horas fue recapturado por la Policía de Santa Fe en la localidad de Casilda, donde había sido detenido anteriormente, el pasado 3 de abril.

Tras la imputación, R. A. P. había recibido el beneficio de la prisión domiciliaria poniendo como caución un automóvil.

Recaptura: Alias “Moncho”

Resumen del Caso

CategoríaDetalle
ImputadoMasculino (alias “Moncho”), 42 años.
Cargos OriginalesEstafas y amenazas reiteradas.
Situación PreviaArresto domiciliario (incumplido).
Lugar de DetenciónCasilda, Provincia de Santa Fe.
Vehículo SecuestradoFord Ranger (ofrecida anteriormente como caución).

Cronología de los Hechos

  1. 06:00 Horas: Se detecta la ausencia del imputado de su domicilio, activando de inmediato el protocolo de búsqueda y captura.
  2. Despliegue Operativo: Se establecieron controles en puntos estratégicos de la ciudad y puestos camineros para cercar las posibles rutas de escape.
  3. Inteligencia y Cooperación: La División Investigaciones e Inteligencia Criminal inició un intercambio de datos clave con la Policía de Investigaciones (PDI) de Casilda, Santa Fe.
  4. Localización y Captura: Gracias al trabajo coordinado entre ambas fuerzas, se logró ubicar y detener al sujeto en la localidad santafesina.

Situación Judicial y Patrimonial

El imputado ha quedado a disposición de la Unidad Fiscal en turno. Sin embargo, la evasión no solo agrava su situación procesal, sino que también impacta en sus bienes:

  • Pérdida de Caución: La justicia ordenó el secuestro inmediato de la camioneta Ford Ranger. Este vehículo había sido presentado por el propio «Moncho» como garantía real para obtener el beneficio del arresto domiciliario.
  • Consecuencia: Al violentar la medida, la garantía se ejecuta, lo que representa un golpe patrimonial directo para el imputado
  • La coordinación entre fuerzas de distintas provincias fue el factor determinante para resolver la evasión en menos de 24 horas.

(Con información de Jefatura Departamental de Policía)

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