Ex funcionario municipal imputado
La justicia entrerriana, luego de pertinentes pruebas e invetigaciones, imputó al ex funcionario municipal Ing. Ebenezer García, ampliando la misma a otras personas físicas y jurídicas. Caso éste propulsado por los ediles de la oposición. Cronología del caso explicada en cinco pasos. ¿Porqué opinó del caso el abogado paranaense Rubén Pagliotto?

Hilda Sosa WWW.ENTRERIOSNOTICIAS.AR
Pasado un año y medio del inicio de la situación legal que investiga al ex Secretario de Planeamiento Ebenzer García, sobre el presunto accionar incompatible entre su rol de funcionario y su labor privada y luego de analizada toda la prueba presentada; la Justicia amplió a imputación, incluyendo a otras personas involucradas en la supuesta maniobra.
El caso está a cargo del Fiscal Dr. Eduardo Guaita.
ENTRERIOSNOTICIAS.AR en diálogo con una alta fuente judicial, pudo confirmar que la causa cabría ampliamente en la figura que se despliega del Artículo 265 del Código Penal de la Nación Argentina, la cual castiga el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, estableciendo entre otras cosas inhabilitación especial perpetua y multas.
A tener en cuenta:
-La fiscalía investiga un presunto delito de negociaciones incompatibles con la función pública (Artículo 265 del Código Penal).
-La acusación central señala que un funcionario actuó como «juez y parte», interesándose en favor propio o de terceros durante cuatro contrataciones directas para la provisión de hormigón al municipio, ocurridas entre enero y marzo de 2024.
Personas Imputadas y sus Roles
Al tratarse de un «delito especial», la ley establece que solo el funcionario público puede ser considerado el autor material, mientras que los civiles involucrados son catalogados como colaboradores indispensables.
| Nombre | Vínculo / Cargo | Figura Legal |
| Ebenezer García | Secretario de Planeamiento | Autor |
| H.T | Vinculado a las empresas | Partícipe necesario |
| M.S | Socio Gerente (H N) | Partícipe necesario |
| S.S. | Contacto comercial (H N) | Partícipe necesario |
Responsabilidad de las Personas Jurídicas
Un aspecto jurídicamente destacable de esta causa es la imputación directa a las compañías, una práctica que el propio entrevistado señala como poco habitual.
- Se aplica la Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
- Las empresas imputadas bajo esta ley son dos.
- Se fundamenta en la sospecha de connivencia, asumiendo que los actos ilícitos generaron beneficios directos para estas organizaciones corporativas.
Estado Actual y Próximos Pasos
Tras el allanamiento inicial a las empresas (donde se priorizó no afectar su funcionamiento comercial copiando grandes volúmenes de datos de 11 computadoras y 3 teléfonos), la fiscalía terminó de analizar la evidencia en julio.
- Los imputados ya fueron notificados para presentar a sus abogados defensores.
- Se ordenaron declaraciones testimoniales a empleados municipales y personal de las firmas implicadas.
- Se fijarán las fechas para la declaración de los imputados y, de confirmarse las sospechas fiscales, la causa será elevada a un Tribunal de Juicio.
CRONOLOGIA CASO EBENEZER GARCIA (explicado en 5 items)
1°) Allanamientos en Victoria y Nogoyá (1° de marzo 2025)
En la mañana del sábado 1° de marzo del año pasado, al momento en que la intendenta Isa Castagnino daba su discurso de Apertura del Año Legislativo; la División Investigaciones de Victoria, en conjunto con personal de Delito Económico y la División Técnicas Especiales de Paraná, realizaban sendos allanamientos en las localidades de Victoria y Nogoyá, en el marco de una investigación por presuntas irregularidades en contrataciones de obras públicas.
De hecho, así se dio a conocer, gacetilla policial mediante fechada este sábado 1° de marzo, la que versaba lo siguiente:
«En el día de la fecha personal de la División Investigaciones e Inteligencia Criminal conjuntamente con personal de la División Delitos Económicos y División Técnicas Especiales dependiente de la Dirección Investigaciones de la ciudad de Paraná, diligenció dos órdenes de allanamiento en esta ciudad y uno en la vecina ciudad de Nogoyá, a raíz de una investigación llevada a cabo por la fiscalía en turno.
Las medidas determinaron el secuestro de documentación, aparatos informáticos y telefónicos, los cuales fueron remitidos a la División Técnicas Especiales de la ciudad de Paraná para pericias y análisis correspondientes. La persona sospechada quedó supeditada a la causa que se investiga».
2°) Comunicado de los concejales de la oposición (3 de marzo 2025)
Por esas horas, los ediles de Juntos por Entre Ríos y Progreso Cívico Vecinal emitían un comunicado en relación al pedido de informe sobre la posible relación entre la empresa Hormigonera Nogoyá SRL y la firma E&H SRL, cuyo propietario es Ebenezer García.
“El día viernes 28 de febrero de 2025, luego de haber pedido informes, realizado intimaciones, solicitar ampliaciones y esperar respetuosamente, todos los plazos previstos por ley; hemos cumplido con nuestra obligación como funcionarios públicos solicitando que se investigue la posible comisión de delitos.
Por tal motivo, se ha abierto una investigación penal a cargo del fiscal Guaita. Mientras la misma dure; seremos respetuosos, prudentes y pacientes con los tiempos procesales para que la Justicia actúe como corresponde. Concejales de Progreso Vecinal y Concejal de Juntos por Entre Ríos”.
3°) La postura del ejecutivo local (5 de marzo 2025)
El día miércoles 5 de marzo del 2025, rueda de prensa mediante, la intendenta Isa Castagnino junto al viceintendente Andrés Marchese, informaron sobre la situación que interpela al ahora ex Secretario de Planeamiento Ebenezer García, sobre la posible relación entre la empresa Hormigonera Nogoyá SRL y la firma E&H SRL, cuyo propietario es el mencionado ahora ex funcionario; dejando en manos de la justicia la investigación respecto del accionar del ex funcionario en dicho vínculo, en cuanto a la eticidad del cargo público que ocupara. (video)
“El sábado luego de la Apertura de Sesiones Ordinarias tomé conocimiento del procedimiento que se estaba realizando, por lo que desde ese momento pedí la renuncia al funcionario, porque todos saben que desde el día que asumí como Intendenta de la Ciudad de Victoria, cada uno de mis funcionarios tenían la obligación de dejar las renuncias a consideración del Ejecutivo y en este caso ese mismo día, primero de marzo, luego de las 10.30, 11 de la mañana, acepté esa renuncia” explicó, agregando que se efectivizaba en el día de la fecha a través de un decreto, por ser el primer día hábil, luego del fin de semana largo, indicando además que momentáneamente estará a cargo del despacho la actual Secretaria de Gobierno Lucina Menescard.
Se dijo además que la investigación ante la posible comisión de delitos del Código Penal está a cargo del Fiscal Eduardo Guaita.
Por su parte el viceintendente Andrés Marchese expuso la formalidad del contexto, “ésto es lo mejor para la administración incluso para él, para dirimir este cuestionamiento de ética, que tiene que ser llevada adelante por la Fiscalía Local que allí es donde se tienen que llevar todas las respuestas” enfatizó Marchese, sumando a su relato “lo que nosotros manejamos desde aquí internamente, es que todos los procedimientos administrativos sean realizados conforme a derechos y a las ordenanzas”.
Además tanto Castagnino como Marchese, destacaron que lo que se está investigando es una cuestión de ética entre el funcionario y las empresas que él tiene de forma privada, quien es propietario de un corralón y una hormigonera; amén de dejar sentado que todo proceso de compra o licitación pasa por un proceso que recorre diversas áreas, teniendo en cuenta por ende, que todo profesional o trabajador desde su rol, cuidan su honor y prestigio, considerando además los tiempos que abarcan hasta obtener un resultado final.
En esa línea, dejaron en claro que el empresario Ebenezer García no está imputado, sólo investigado, por lo que de aquí en más le cabe designar un letrado.
Marchese fue contundente en su apreciación “queremos llevar transparencia y tranquilidad a todos los ciudadanos, nosotros hemos tomado una decisión política y administrativa concreta, firme y seria…cómo hace un funcionario para seguir cuando se está cuestionando su dignidad o su ética…hemos decidido poner un stop, usted dirima todas sus cuestiones, aclare su situación laboral, situación procesal de investigación y luego nosotros se veremos, pero mientras tanto nosotros a la administración la dejamos tranquila”.
En tanto Castagnino aseveró, “lo que se está investigando es a él como persona, tiene una empresa agropecuaria y una empresa de corralón y otra empresa de hormigón, lo que se está investigando es a él personalmente, cuál es la relación jurídica entre sus empresas”, dejando en claro que cumplió con su deber de tomarle la renuncia y hacerlo efectivo a través de un decreto en el día de la fecha.
4°) Dr. Rubén Pagliotto en Victoria habló del caso (julio 2025)
«Si soy proveedor de chorizos, no puedo, cuando soy secretario de comedores escolares, proveer con los chorizos de mi fábrica de chacinados…»
El Dr. Rubén Pagliotto, reconocido letrado paranaense fue quien oportunamente asesoró a los concejales de la oposición (Bettina Zabala, Alejandro Rees, Gerardo Bruselario y Luciana Zorzábal), sobre las mencionadas presuntas irregularidades cometidas por el ex Secretario de Planeamiento municipal.
Fue así como desde ENTRERIOSNOTICIAS.AR, aprovechando la visita del reconocido abogado paranaense en nuestra ciudad, en el marco de la interna radical el pasado mes de julio del 2025, le preguntamos sobre el pertinente asesoramiento que realizara a los ediles.
Prima facie, el abogado hizo hincapié en el accionar de la corrupción, lo cual para él es una transgresión que no tiene bandera política; subrayando en su relato que su deber es denunciar estos actos sin importar si el involucrado pertenece a su propio espacio político (haciendo referencia al radicalismo) o a uno contrario. (video)
“Lo que hizo este muchacho, yo lo lamento porque dicen que su familia es una excelente familia…”
Tras revisar los antecedentes, Pagliotto calificó el accionar del ex funcionario como negociación incompatible con la función pública.
Conflicto de Intereses (La Analogía): Para ilustrar el problema, utiliza un ejemplo muy claro: un secretario de comedores escolares no puede comprarle insumos a su propia fábrica de embutidos. Esto sugiere que García, en su rol de ingeniero y funcionario de obras públicas, habría estado «de los dos lados del mostrador» en cuestiones municipales.
Desenlace Institucional
Indicó además que este tema ha funcionado como una alerta para la intendencia, dejando un escenario donde la primer mandataria Isa Castagnino pidió la pertinente renuncia, dejando la resolución final de sus actos en manos de la justicia y forzando un recambio en la Secretaría de Planeamiento.
Implicancias Legales y Políticas
La «negociación incompatible con la función pública» ocurre cuando un funcionario interviene en contratos u operaciones oficiales para obtener un beneficio propio o para un tercero allegado, comprometiendo la transparencia del Estado. Pagliotto se muestra firme en que, a pesar de la buena reputación que pueda tener la familia del acusado, las cuestiones éticas y legales deben igualar a todos ante la ley.
5°) La justicia responde (agosto 2026, lo descripto al inicio de la nota)
Según la alta fuente judicial a la que este medio accedió, cabría ampliamente en la figura que se despliega del Artículo 265 del Código Penal de la Nación Argentina, la cual castiga el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, estableciendo penas de prisión de uno (1) a seis (6) años, inhabilitación especial perpetua y multas para el funcionario que se interese indebidamente en contratos u operaciones de su cargo.
A tener en cuenta:
-La fiscalía investiga un presunto delito de negociaciones incompatibles con la función pública (Artículo 265 del Código Penal).
-La acusación central señala que un funcionario actuó como «juez y parte», interesándose en favor propio o de terceros durante cuatro contrataciones directas para la provisión de hormigón al municipio, ocurridas entre enero y marzo de 2024.
Personas Imputadas y sus Roles
Al tratarse de un «delito especial», la ley establece que solo el funcionario público puede ser considerado el autor material, mientras que los civiles involucrados son catalogados como colaboradores indispensables.
| Nombre | Vínculo / Cargo | Figura Legal |
| Ebenezer García | Secretario de Planeamiento | Autor |
| H.T | Vinculado a las empresas | Partícipe necesario |
| M.S | Socio Gerente (H N) | Partícipe necesario |
| S.S. | Contacto comercial (H N) | Partícipe necesario |
Responsabilidad de las Personas Jurídicas
Un aspecto jurídicamente destacable de esta causa es la imputación directa a las compañías, una práctica que el propio entrevistado señala como poco habitual.
- Se aplica la Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
- Las empresas imputadas bajo esta ley son dos.
- Se fundamenta en la sospecha de connivencia, asumiendo que los actos ilícitos generaron beneficios directos para estas organizaciones corporativas.
Estado Actual y Próximos Pasos
Tras el allanamiento inicial a las empresas (donde se priorizó no afectar su funcionamiento comercial copiando grandes volúmenes de datos de 11 computadoras y 3 teléfonos), la fiscalía terminó de analizar la evidencia en julio.
- Los imputados ya fueron notificados para presentar a sus abogados defensores.
- Se ordenaron declaraciones testimoniales a empleados municipales y personal de las firmas implicadas.
- Se fijarán las fechas para la declaración de los imputados y, de confirmarse las sospechas fiscales, la causa será elevada a un Tribunal de Juicio.




