Economía

AFIP va a devolver una cuota a monotributistas cumplidores ¿quiénes van a poder gozar del beneficio?

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A través de la Resolución General 5100 se redujo el pago en tiempo y forma como condición para percibir el reintegro, de manera excepcional, de 12 a 9 meses del año

Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma las obligaciones mensuales al menos durante 9 meses accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año, según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Es para quienes hayan realizado el pago a través de débito automático en tarjeta de crédito o directo en cuenta bancaria.

De esta forma, se facilitaron las condiciones para acceder al beneficio previsto para los pequeños contribuyentes que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito. A través de la Resolución General 5100 que se publicó este jueves en el Boletín Oficial se redujo, de manera excepcional, de 12 a 9 meses del año la condición para percibir el reintegro.

El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos nueves meses será acreditado durante al año próximo automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas

El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos nueves meses será acreditado durante al año próximo automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.

Este año la AFIP reintegró más de $973 millones a más de 484.000 pequeños contribuyentes que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito. El reintegro se suma a otras medidas implementadas para los monotributistas como los Créditos a Tasa Cero o la moratoria que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas.


“En el contexto económico actual, esto implica un alivio para los monotributistas que recibirán la devolución de la cuota impostiva siempre que cumplan las condiciones indicadas. Por otro lado, la devolución se debe realizar en el mes de marzo del año siguiente al de los pagos pero la AFIP se ha retrasado varios meses ente en años anteriores en efectuar la devolución”, explicó el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

“Entendemos que, dado el contexto de inflación por el que estamos atravesando, la AFIP debería efectuar la devolución la cuota en el mes de enero de 2022 en lugar de realizarla en el mes de marzo de 2022 tal como establece la norma”, opinó el especialista.

Entendemos que, dado el contexto de inflación por el que estamos atravesando, la AFIP debería efectuar la devolución la cuota en el mes de enero de 2022 en lugar de realizarla en el mes de marzo
Domínguez aclaró que muchos de los monotributistas que cumplen anualmente con estas condiciones no las van a poder cumplir debido a las modificaciones de la Ley 27.639 en el Régimen del Monotributo. Esa ley retrotrajo los valores de las cuotas del primer semestre de 2021 a los valores vigentes a diciembre 2020, generando saldos a favor en muchos casos.

“De esta forma, aquellos monotributistas que utilizaron el saldo a favor para cancelar cuotas y realizaron el ‘stop debit’ no cumplen con las condiciones para obtener el beneficio de devolución de una cuota del componente impositivo”, señaló.

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