El 30 será inhábil judicial para el Juzgado de Paz y el Juzgado de Garantías de Victoria

El Superior Tribunal de Justicia resolvió inhábil judicial para el Juzgado de Paz y el Juzgado de Garantías de la ciudad de Victoria, con asistencia al lugar de trabajo, el día 30 de diciembre de 2025.
La medida fue adoptada debido a que se llevarán a cabo obras en dichos organismos y afectará todas sus dependencias, por lo que será necesario movilizar mobiliario y expedientes.
«DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA JUDICIAL PJER – SOLICITA INHÁBIL JUDICIAL
POR OBRAS EN EL JUZGADO DE PAZ DE VICTORIA – DÍA: 30/12/2025 – S/
SOLICITUD DE DECLARACION DE INHABIL JUDICIAL»(Expte. n.o 4886/2025-
SSE n.° )
Resolución Trib. de Superintendencia n.° 225 /2025 – DGA
PARANÁ, 23 de diciembre de 2025.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que en fecha 16.11.2025 la Arq. Diana Zilli, a cargo de la Dirección de
Arquitectura Judicial derivó la solicitud del Juzgado de Paz de Victoria mediante la
cual solicitó se declare inhábil judicial para la atención al público, el último día hábil
del año para dicho organismo -fs. 1.
Que en fecha 17.11.2025 desde la Dirección de Arquitectura Judicial se derivó
una nueva solicitud de declaración de inhábil judicial, para atención al público, para
el Juzgado de Garantías de la localidad de Victoria, para el último día hábil del año –
fs. 2.
La Arquitecta Diana Zilli explicó que efectivamente, en ambos casos, la obra a
desarrollarse en dichos organismos afectará todas sus dependencias, por lo que
será necesario movilizar mobiliario y expedientes.
Que la Arquitecta Zilli Informó que las obras a desarrollarse se realizan en el
marco de lo dispuesto en Exp. n°524/2025 «DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA JUDICIAL
- PARANÁ – S/ TRABAJOS DE PINTURA INTERIOR POR FILTRACIONES EN TRIBUNALES
VICTORIA».
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
artículo n.o 204 de la Constitución de Entre Ríos, inc 4° del artículo n.° 25 y artículo
n.o 37 de la Ley n.o 6.902.-
Por ello;
SE RESUELVE:
1°) Declarar inhábil judicial para el Juzgado de Paz y el Juzgado de
Garantías de la ciudad de Victoria, con asistencia al lugar de trabajo, el día 30 de
diciembre de 2025, en virtud de los considerandos precedentes.
2°) Notificar a la Sala n° 1 en lo Penal y Sala n°2 en lo Civil y Comercial
del STJER, a la Superintendencia de Victoria, a la Dirección de Gestión Humana y a
los Ministerios Públicos.
3°) Notificar al Colegio de la Abogacía de la Provincia de Entre Ríos y a
la Seccional Victoria del CAER.
4o) Publicar a través de SIC.-
FDO: FDO: LEONARDO PORTELA – DANIEL. O CARUBIA – GISELA N.
SCHUMACHER- SUSANA E. MEDINA- ANTE MI: ESTEBAN SIMON
ES COPIA
ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.




