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La Mesa de Enlace pidió una reunión URGENTE con el ministro Julián Domínguez

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Tras visitar el viernes pasado el distrito de Mercedes, en la provincia de Corrientes, y advertir que son más de 500 mil las hectáreas afectadas por los incendios en el litoral, los dirigentes de la Mesa de Enlace solicitarán una reunión con carácter de urgente con el ministro de Agricultura, Julián Domínguez.

Solicitaron anche, el acompañamiento de los gobernadores para conformar un frente y pedir claramente lo que los productores transmitieron en la reunión; temas como condonación de deudas y ayuda financiera urgente para enfrentar la difícil situación; amén de implementar medidas adicionales que contengan la necesidad de los productores.

También, se deslizó la posibilidad de solicitar una audiencia con la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Mercedes Marcó del Pont, donde los productores están reclamando una baja de la presión impositiva.

Ayuda del ministerio de Agricultura

En las últimas horas el Ministerio de Agricultura anunció que fortaleció su presencia en las regiones afectadas por la sequía y los incendios, en particular en las provincias de Corrientes, Misiones, Entre Ríos, Chaco y Formosa. Además, se convocó para realizar una tarea conjunta de evaluar el estado de situación a los ministros provinciales, técnicos regionales del INTA y Senasa y de las entidades agropecuarias.

En un comunicado, la cartera agropecuaria señaló que se están desarrollando programas que permitan garantizar el aprovisionamiento de forraje para el ganado de pequeños productores que tienen mayores dificultades para acceder al financiamiento bancario. Y se suman a las líneas específicas del Plan Ganadería Argentina 2022-2023 (Plan GanAr), con el objetivo de proteger a las madres y contribuir al sostenimiento de los ciclos productivos.

Además, se trabaja en escenarios de anticipación para agilizar la asistencia a los productores, mediante aportes no reintegrables, y la Ley de emergencia agropecuaria contempla la prórroga del vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales, o las ganancias de las explotaciones afectadas, cuyos vencimientos se operen durante el período de vigencia del estado de emergencia agropecuaria o zona de desastre.

Y también se contemplan los siguientes aspectos:

. “Se faculta al Poder Ejecutivo nacional para que pueda eximir total o parcialmente de los impuestos sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta sobre aquellos bienes pertenecientes a explotaciones agropecuarias e inmuebles rurales arrendados respectivamente, ubicados dentro de la zona de desastre y afectados por esa situación extraordinaria”.

. “Cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina podrá deducirse en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el 100% de los beneficios derivados de tales ventas”.

. “Liberación en las zonas de desastre, del pago arancelario del Mercado Nacional de Hacienda, a las haciendas que ingresen en dicho mercado procedentes de zonas de desastre”.

. “La AFIP suspenderá hasta el próximo ciclo productivo después de finalizado el período de emergencia o desastre agropecuario, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados por los contribuyentes comprendidos en la presente ley”.

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