Interés General

¿Qué medidas tomó el gobierno nacional en el último mes, respecto del covid?

Detalle de las medidas adoptadas por el Gobierno nacional frente al nuevo coronavirus COVID-19.

Compartir Nota



01/01/2022. Entra en vigencia el Pase Sanitario Nacional: Según la Decisión Administrativa 1198/2021, a partir del 1° de enero de 2022, las personas de 13 años o más deberán acreditar esquema de vacunación completo contra COVID-19 para realizar actividades como ir a bailar a discotecas, ingresar a salones de fiestas, realizar viajes grupales y asistir a eventos masivos en espacios abiertos, cerrados o al aire libre. Es importante aclarar que al momento se considera “vacunación completa” al esquema de dos dosis con un intervalo transcurrido de 14 días o más desde la última aplicada. También es completa en casos de dosis única, como la vacuna Cansino, una vez transcurrido 14 días o más desde su aplicación. Esta definición es dinámica y podrá ser modificada en el futuro a partir del avance en el suministro de las dosis de refuerzo en la población objetivo.

31/12/2021: Prórroga del tratamiento diferencial a empleadoras y empleadores de la salud: Con el objetivo de continuar apoyando al conjunto del sistema sanitario que se encuentra cumpliendo un rol fundamental en el contexto de pandemia, el Gobierno Nacional dispone la prórroga del tratamiento diferencial a las empleadoras y a los empleadores correspondientes a las actividades relacionadas con la salud hasta el 30 de junio de 2022. De este modo se exime del pago de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a las empleadoras y los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.

31/12/2021. Nuevos requisitos para el ingreso al país: Durante los primeros 14 días de estadía, quienes ingresen al país deberán portar la documentación que podrá ser solicitada por las autoridades competentes. El control de la documentación requerida para el ingreso al país será exigida y verificada por los operadores de medios de transporte de pasajeros internacionales aéreos, marítimos y fluviales. Los mayores de 6 años deberán realizar un PCR entre el 3° y 5° día de su ingreso al país. Nuevos requisitos de ingreso al país para argentinas, argentinos y residentes: declaración jurada electrónica; test PCR negativo en las 72h previas (requisito para mayores de 6 años); esquema de vacunación completo 14 días antes del ingreso (requisito para ser eximido de aislamiento); test PCR entre el 3° y 5° día de su ingreso al país; argentinas/os y residentes que no hayan completado su vacunación podrán ingresar realizando aislamiento obligatorio y haciéndose un test de PCR al séptimo día de su ingreso al país. Nuevos requisitos de Ingreso al país para personas extranjeras no residentes: esquema de vacunación completo 14 días antes de su ingreso al país (excluyente); declaración jurada electrónica; test PCR negativo en las 72h previas (requisito para mayores de 6 años); test PCR entre el 3° y 5° día de su ingreso al país (requisito para mayores de 6 años); seguro de Salud COVID-19.

29/12/2021. Se modifican las recomendaciones de las condiciones de aislamiento: Tras una reunión con el Comité de Expertos y el encuentro de COFESA, la recomendación establece que las personas con COVID-19 confirmado y con esquema inicial de vacunación completo (con menos de cinco meses de haber completado el esquema inicial o aplicada la dosis de refuerzo) deberán realizar un aislamiento por siete días desde la fecha de inicio de síntomas, más tres días de cuidados (bloqueo de APP Cuidar, no concurrir a eventos masivos o sociales, usar barbijo de forma casi permanente, extremar cuidados ante el contacto con personas de riesgo). Quienes sean un caso confirmado no vacunado o con esquema incompleto deberán hacer 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas. En cuanto los contactos estrechos sin síntomas de COVID-19 con esquema inicial de vacunación completo (con menos de cinco meses de haber completado el esquema inicial o aplicada la dosis de refuerzo) deberán realizar un aislamiento por cinco días desde el último contacto con el caso confirmado, más cinco días de cuidados (no concurrir a eventos masivos o sociales, usar de manera adecuada el barbijo, extremar cuidados ante el contacto con personas de riesgo). Además, se podrá indicar la realización de test diagnóstico al quinto día en personal de salud y otros trabajadores en contacto con poblaciones de riesgo. Mientras que los contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto deberán realizar 10 días de aislamiento desde el último contacto con el caso confirmado o aislamiento por 7 días desde el último contacto con el caso confirmado más la realización de test diagnóstico, a lo que se le suma tres días de cuidados (no concurrir a eventos masivos, o sociales uso adecuado de barbijo, extremar cuidados ante el contacto con personas de riesgo).

26/12/2021. Se reduce a cuatro meses el tiempo para la aplicación de la dosis de refuerzo a personal de salud y mayores de 60 años: Con el objeto de ofrecer la máxima protección a quienes presentan mayor riesgo de exposición y enfermedad grave, se consensúa con las 24 jurisdicciones la recomendación de incluir dentro de la estrategia de refuerzo personal de salud y personas de 60 años y más que hayan cumplido un intervalo mínimo de 4 meses de haber completado su esquema inicial. Esto siempre en acuerdo con los planes provinciales y las posibilidades de implementación. Recordando la fundamental importancia de acelerar las estrategias para alcanzar con la primera dosis a quien no se ha vacunado aún, completar los esquemas iniciados. La protección de los esquemas completos es fundamental para minimizar cualquier forma de enfermedad grave, aún en adultos jóvenes, niñas, niños y adolescentes.

24/12/2021. Prórroga del pago de doble indemnización para despidos sin justa causa: Con el propósito de continuar implementando medidas que acompañen la reactivación económica conservando los puestos de trabajo, el Gobierno Nacional establece la prórroga de la doble indemnización para aquellas personas que sean despedidas sin justa causa. De este modo y en el marco de la ampliación de la emergencia pública en materia ocupacional que rige desde diciembre de 2019, la medida, no aplicable al Sector Público Nacional, tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2022. En el caso de despido sin causa durante la vigencia del presente decreto, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, un incremento equivalente al 75% del monto de la misma, desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022; del 50% a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 y del 25% desde el 1 de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.

24/12/2021. Prórroga de la Emergencia Sanitaria: Frente a la continuidad de la pandemia provocada por el nuevo coronavirus, y con el propósito de seguir fortaleciendo las medidas de prevención que permitan controlar la transmisión así como desarrollar el Plan Estratégico de Vacunación que se lleva adelante en todo el país, el Gobierno Nacional establece la prórroga de la Emergencia Sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022.

22/12/2021. Arribo de 3,7 millones de unidades de vacuna contra la COVID-19: En el marco del acuerdo bilateral celebrado en julio con Moderna para recibir 20 millones de vacunas contra COVID-19 durante el año 2022, arribó al Aeropuerto Internacional de Ezeiza la primera entrega de 2.643.340 dosis de la firma. Además, un nuevo cargamento con otras 1.085.200 dosis de AstraZeneca arribó en el vuelo AM0030 de la compañía Aeromexico. De esta manera, en tan solo una jornada el país incorporará 3.728.540 vacunas para seguir dando respuesta a la pandemia que causa el virus SARS-CoV-2.

20/12/2021. Donación de 1 millón de vacunas contra Covid-19 a Bolivia: En el marco de las políticas de integración regional que promueve el Gobierno argentino y como parte de la solidaridad entre ambos países, partió en un Hércules C-130 de la Fuerza Aérea hacia el Estado Plurinacional de Bolivia la donación de un millón de dosis de vacunas de AstraZeneca. La donación es el resultado de un trabajo conjunto entre Argentina y Bolivia para asegurar la llegada rápida y segura de las dosis, brindar mayores recursos a la campaña de vacunación en el país vecino y compartir las experiencias entre equipos técnicos sobre las estrategias de vacunación, la combinación de vacunas y los primeros resultados de efectividad.

19/12/2021. Arribo de 936.800 dosis de vacuna contra la COVID-19 de AstraZeneca: Argentina supera así las 95,9 millones de vacunas recibidas para seguir dando respuesta a la pandemia que causa el virus SARS-CoV-2. De ese total, 14.683.210 corresponden a Sputnik V (10.125.655 del componente 1, y 4.557.555 del componente 2), y 6.296.395 a Sputnik V producidas en la Argentina por el laboratorio Richmond (1.635.145 del primer componente, y 4.661.250 del segundo).

12/12/2021. Pase sanitario “CUIDAR”: Mediante la Decisión Administrativa 2021-1198 se establece que las personas de 13 años o más deberán acreditar a partir del 1 de enero esquema de vacunación completo contra COVID-19 para asistir a determinadas actividades como locales bailables, discotecas o similares que se realicen en espacios cerrados, salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados, viajes grupales de egresadas y egresados, de estudiantes, jubiladas y jubilados o similares y eventos masivos organizados de más de mil personas que se realicen en espacios abiertos y cerrados o al aire libre. A su vez, el esquema de vacunación deberá haber sido completado al menos 14 días antes de la asistencia a la actividad o evento. La forma de acreditación será a través de la aplicación “Cuidar – Sistema de prevención y cuidado ciudadano contra COVID-19” que puede descargarse en forma gratuita en las tiendas de aplicaciones oficiales de Android e iOS.

10/12/2021. Se habilitan los puentes internacionales Libertador General San Martín y General Artigas de Entre Ríos para el ingreso al país: Tras la presentación del protocolo sanitario por parte de la provincia de Entre Ríos ante la pandemia de COVID-19, el Gobierno nacional autoriza a partir de hoy la apertura como corredores seguros de los puentes Libertador General San Martín y General José Gervasio Artigas que comunican a las localidades entrerrianas Gualeguaychú y Colón con las ciudades uruguayas Fray Bentos y Paysandú, respectivamente.

06/12/2021. Se acota a 5 meses el tiempo para la aplicación de las dosis de refuerzo: Con el objetivo de seguir avanzando con las coberturas de vacunación, las y los ministros acordaron aplicar la dosis de refuerzo a partir del quinto o sexto mes después de haber completado el esquema de vacunación COVID-19 con la segunda o tercera dosis, según corresponda, y de acuerdo a los planes de cada jurisdicción.

06/12/2021. Autorización de emergencia para la vacuna Sputnik Light: Se trata del primer componente de la combinación para Sputnik V, basada en la plataforma de virus no replicativo del adenovirus 26, que ya fuera autorizada para su uso en el marco de emergencia por este Ministerio, y que se propone para su uso como vacuna contra COVID-19 en un esquema de única aplicación. Una opción de uso similar al utilizado por otras vacunas de adenovirus no replicativos como la vacuna de Janssen (Ad26) y la vacuna de Cansino (Ad5). La vacuna contra COVID-19 Sputnik Light demostró una eficacia protectora superior al 80% luego de su única aplicación transcurridos los 21 días y un notable incremento en los títulos de anticuerpos neutralizantes en la evaluación de los 42 días posteriores a su aplicación, en sujetos de 18 años y mayores. De igual manera, el perfil de seguridad se mostró adecuado, como ya ha sido demostrado en nuestro país tras la aplicación de más de 10 millones de dosis del primer componente de la vacuna.

Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020

El DNU amplía la Emergencia Sanitaria y dispone la adopción de medidas para contener la propagación del nuevo coronavirus.

El Presidente de la Nación firmó el 12 de marzo de 2020 el Decreto de Necesidad y Urgencia que amplía la Emergencia Sanitaria y dispone la adopción de nuevas medidas para contener la propagación del nuevo coronavirus.

El decreto faculta al Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, a adquirir equipamiento, bienes y servicios, y a adoptar las medidas de salud pública necesarias.

Protege a su vez los insumos críticos como el alcohol en gel o barbijos, suspende los vuelos provenientes de las zonas afectadas por el virus y dispone la obligatoriedad del aislamiento en los casos que en la normativa se detallan.

En vistas de que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, el Gobierno nacional dispuso la adopción de nuevas medidas con el fin de mitigar su propagación e impacto sanitario.

Entre las principales acciones y regulaciones, la normativa dispone:

La ampliación de la Emergencia Sanitaria por el plazo de un año, facultando al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación.
Que el Ministerio de Salud brindará un informe diario respecto de las zonas afectadas por el virus y la situación epidemiológica.
La protección de insumos críticos por parte del Ministerio de Salud de la Nación, en articulación con el Ministerio de Desarrollo Productivo.
El establecimiento del aislamiento obligatorio por 14 días para las personas:
que revistan la condición de “casos sospechosos”: presencia de fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además tenga historial de viaje a las zonas afectadas o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19;
con confirmación médica de haber contraído COVID- 19;
contactos estrechos de los dos casos anteriores;
que arriben al país habiendo transitando por zonas afectadas;
que hayan arribado al país en los últimos 14 días, habiendo transitado por zonas afectadas por el nuevo coronavirus.
La obligación de la población de reportar de forma inmediata síntomas compatibles a los del COVID-19 a los prestadores de salud bajo la modalidad que establezca cada jurisdicción.
La suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas, durante el plazo de 30 días.
La posibilidad de disponer el cierre de museos, centros deportivos, salas de juegos, restaurantes, piscinas y demás lugares de acceso público; suspender espectáculos públicos y todo otro evento masivo; imponer distancias de seguridad y otras medidas necesarias para evitar aglomeraciones.
La sanción de las infracciones que se efectuaran respecto de las medidas previstas en el Decreto. Las mismas se aplicarán según la normativa vigente.
La constitución de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”. La misma será coordinada por el Jefe de Gabinete de Ministros y estará integrada por las áreas pertinentes del Ministerio de Salud de la Nación y las demás jurisdicciones y entidades que tengan competencia en la materia.

Fuente portal Argentina.gov.ar

Comentar Noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba