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SERVICIO DOMÉSTICO: aumento 8,5% y 4%

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La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) cerró una nueva paritaria para las trabajadoras del sector para julio y agosto. Los aumentos para empleadas domésticas en esos dos meses serán del 8,5% y 4%, respectivamente.

“Se implementó un ajuste de los sueldos de febrero (20% de aumento sobre el sueldo de diciembre 2023) y los de marzo (15% sobre el sueldo de febrero 2024)”, precisó la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (U.P.A.C.P.) en redes sociales.

El aumento salarial previo había sido de 18% en dos tramos: 11% en abril y 7% en mayo.

A aquellas trabajadoras que ya hayan percibido su remuneración por el mes trabajado en julio les corresponde un retroactivo para alcanzar lo acordado en la paritaria.

El próximo 18 de septiembre se hará una nueva revisión salarial.

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Personal para tareas específicas

Sin retiro: $3154 por hora y $392.034 mensual
Con retiro: $2876 por hora y $352.177 mensual
Supervisores

Con retiro: $3038 por hora y $379.070 mensual
Sin retiro: $3327 por hora y $422.241 mensual
Caseros

$2176 por hora y $343.606 mensual
Cuidado de personas

Con retiro: $2716 por hora y $343.606 mensual
Sin retiro: $3038 por hora y $382.912 mensual
Tareas generales

Con retiro: $2519 por hora y $309.001 mensual
Sin retiro: $2716 por hora y $343.606 mensual
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Personal para tareas específicas

Sin retiro: $3280 por hora y $407.715 mensual
Con retiro: $2991 por hora y $366.265 mensual
Supervisores

Con retiro: $3159 por hora y $394.233 mensual
Sin retiro: $3460 por hora y $439.131 mensual
Caseros

$2825 por hora y $357.350 mensual
Cuidado de personas

Con retiro: $2825 por hora y $357.350 mensual
Sin retiro: $3159 por hora y $398.229 mensual
Tareas generales

Con retiro: $2620 por hora y $321.365 mensual
Sin retiro: $2825 por hora y $357.350 mensual
Además, hay montos adicionales. Por antigüedad corresponde un 1% por cada año trabajado con el mismo empleador, sobre el salario mensual. También se debe abonar un 30% más por zona desfavorable para el personal que trabaje en: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Por otra parte, la legislación vigente aclara que para aquellos trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 (empleados formales del servicio doméstico), que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, debe percibir su salario considerando el importe establecido para la modalidad retributiva “mensual”, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Respecto de quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, el salario se debe liquidar de acuerdo a la modalidad retributiva “por hora”.

Requisitos para Inscribir a Empleadas Domésticas en AFIP
Datos necesarios para la inscripción y alta laboral

Antes de proceder con la inscripción y el alta de una empleada doméstica en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el empleador debe reunir ciertos datos esenciales del trabajador. Los pasos para completar esta inscripción son los siguientes:

Número de CUIL
Nombre y apellido
Fecha de nacimiento
Domicilio real
Obra social (si el trabajador no cuenta con una, se le asignará automáticamente la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
Estado jubilatorio (si es o no una persona jubilada)
CBU (en caso de que ya esté bancarizada)
Número telefónico
Correo electrónico


La inscripción puede ser anulada hasta las 23:59 del día en que se realizó el registro. Durante este periodo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta correspondiente a esa relación laboral en el portal de inicio. Si se supera este plazo, la anulación debe realizarse de manera presencial en cualquier oficina de la AFIP. (Según publicación de Infobae)

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