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La Justicia hizo lugar a la acción de amparo colectivo y ordenó que los desayunos y meriendas escolares no incluyan alimentos con sellos de advertencia

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El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones Nº 9 de Paraná, Juan Francisco Malvasio, hizo lugar este viernes a la acción de amparo colectivo promovida por varios padres, Agmer y la fundación cauce, para que el Estado no distribuya productos ultraprocesados en las meriendas y desayunos escolares.

El juez ordenó al gobierno de Entre Ríos que se abstenga de ofrecer, servir, entregar o distribuir en los establecimientos educativos públicos provinciales dependientes del Consejo General de Educación (CGE) productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contengan uno o más sellos de advertencia.

Al mismo tiempo, dispuso que deberá garantizarse, de manera simultánea e ininterrumpida, la provisión de productos que no se encuentren alcanzados por dicha prohibición.

En su fundamentación, el magistrado señala que la exclusión de productos con sellos de advertencia frontal en los entornos escolares constituye una política de salud pública cuyo cumplimiento debe ser garantizado por el Estado.

La resolución remarca, además, que las dificultades administrativas, presupuestarias o vinculadas con la implementación de los controles no eximen al Estado de garantizar efectivamente los estándares nutricionales establecidos por el ordenamiento jurídico.

Asimismo, pondera el interés superior del niño como principio rector en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Comunicado de AGMER | Comisión Directiva Central

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