Provinciales

El Gobierno de Entre Ríos envió a la Legislatura la reforma del Código Procesal Laboral con eje en los peritajes y la litigiosidad

La iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo busca modificar reglas clave del proceso laboral en la provincia. Plantea la eliminación del depósito previo para apelar, topes y desvinculación de honorarios en las pericias, y la creación de un cuerpo médico especializado dentro del Poder Judicial.

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En un paso alineado con los reclamos del sector productivo local, el Gobierno de Entre Ríos presentó formalmente ante la Cámara de Diputados provincial el proyecto de ley que busca reformar el Código Procesal Laboral. La medida, que tomará estado parlamentario en las próximas sesiones para su debate en comisiones, apunta a reconfigurar la dinámica de los juicios laborales en la provincia con el objetivo explícito de dotar al sistema de mayor predictibilidad y reducir los costos asociados a la litigiosidad.

El anuncio, que había sido anticipado días atrás por el gobernador Rogelio Frigerio durante la 22° Jornada de la Industria organizada por la UIER, cobra cuerpo con un texto que ataca principalmente tres frentes del trámite judicial: el acceso a las instancias de apelación, el cálculo de los honorarios periciales y la estructuración del fuero médico.

Fin al depósito previo para apelar

Uno de los cambios de mayor impacto técnico y económico radica en la eliminación del requisito patrimonial exigido al empleador al momento de recurrir una sentencia desfavorable. Hasta ahora, para que se concediera el recurso de apelación, la parte condenada debía depositar la totalidad del capital del fallo —sumado a estimaciones de intereses y costas— o presentar bienes a embargo equivalentes. Con la modificación propuesta, se busca remover este obstáculo económico garantizando el libre acceso a la instancia revisora superior sin condicionamiento financiero previo.

Honorarios desvinculados del monto del juicio

El proyecto redefine de manera sustancial la forma en que se remuneran los peritos y auxiliares de justicia. La propuesta fija que los honorarios de estos profesionales no estarán atados a la cuantía económica del reclamo, ni al monto de condena, acuerdos transaccionales o al porcentaje de incapacidad que determinen los propios peritajes.

En su lugar, la retribución será regulada prudencialmente por el juez de la causa en función estricta de la complejidad, celeridad, utilidad y calidad de la labor técnica desplegada. Asimismo, la normativa fija un marco restrictivo: las regulaciones tendrán un tope máximo fijado en el equivalente a ocho juristas. En materia de costas, se reafirma además que las erogaciones periciales solo podrán ser cobradas a la parte que resulte efectivamente condenada al pago en la sentencia final.

Un Cuerpo Médico Judicial especializado

Para abordar la problemática de las demandas por accidentes y enfermedades del trabajo, la iniciativa establece la creación de un Cuerpo Médico Forense/Laboral dependiente del Poder Judicial y en la órbita del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Los profesionales de la salud que integren esta estructura oficial percibirán una remuneración fija dentro de la nómina judicial y no tendrán derecho a percibir honorarios adicionales por los informes o peritajes que realicen en los expedientes. Con esta figura, el Ejecutivo busca dotar de imparcialidad a la determinación de las incapacidades y alinear el funcionamiento local con el marco normativo de la Ley Nacional de Riesgos del Trabajo.

Con el ingreso formal del expediente al recinto de la Cámara baja, se inicia un proceso de debate parlamentario donde se prevé la convocatoria a diversos actores del ámbito judicial, colegios profesionales, cámaras empresariales y representaciones sindicales.

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