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La Cámara Federal de Paraná concedió la posibilidad de que Rosario sea querellante en la causa por los incendios en islas de Victoria

La Cámara Federal de Paraná acogió los fundamentos del Concejo Municipal de Rosario que entendió que el rechazo a su pedido de constituirse como parte querellante equivalía a una sentencia definitiva. Se trata de la causa que investiga a los supuestos responsables de incendios de pastizales en islas ubicadas frente a Rosario que generaron un duro conflicto que incluyó el corte del enlace vial Victoria- Rosario como consecuencia de la densa humareda.

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La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Mateo Busaniche y Cintia Gómez, dispuso el viernes 31 de mayo “conceder el recurso de casación interpuesto por Rafael Colombo, Lucas Michelud, Romina Araguas y Fabián Maggi en representación del pretenso querellante, Concejo Municipal de Rosario, contra la resolución de esta Alzada del 15 de mayo de 2024, emplazando al interesado por el término de ocho días a contar desde que las actuaciones tengan entrada en la Cámara Federal de Casación Penal.

La Cámara intervino como consecuencia del recurso de casación deducido por Colombo, Michelud, Araguas y Maggi, en representación del Concejo Municipal de Rosario contra la resolución de la Cámara que confirmó “el rechazo de la intervención de dicho organismo como parte querellante”. Así, entendió que correspondía “conceder el recurso de casación deducido por la parte recurrente y elevar las actuaciones al Tribunal de Casación”, habida cuenta que “… la resolución recurrida -en cuanto confirma el rechazo de la intervención del Consejo Municipal de Rosario como parte querellante-, resulta equiparable a una sentencia definitiva, ya que podría producir un perjuicio de imposible o tardía reparación posterior, debiendo considerarse a la misma como integrante de las resoluciones taxativamente” comprendidas en el Código Procesal Penal de la Nación, “a los fines de la admisibilidad del recurso de casación”.

La Cámara analizó que el Concejo Municipal de Rosario argumentó que “a resolución que se impugna es equiparable a definitiva, toda vez que le produce un perjuicio de imposible o tardía reparación posterior”. También consideró que el recurrente alegó que “aquélla afecta el debido proceso, la garantía de protección judicial y de plazo razonable” contemplada en la normativa nacional e internacional.

La recurrente, en los fundamentos del recurso de casación, realizó “una breve reseña de los antecedentes de la causa”, cuestionó “los argumentos dados por el Tribunal al resolver”, y mencionó “las disposiciones legales que estima se han violentado”. En tal sentido, invocó doctrina y jurisprudencia, peticionando que “se conceda el recurso de casación y se eleven los actuados a la Cámara Federal de Casación Penal”.

Así, solicitó que “se revoque la resolución atacada por causar un gravamen de imposible reparación ulterior, casándose el decisorio impugnado, por inobservancia o aplicación errónea de la ley sustantiva, y se tenga por parte querellante al Concejo Municipal de Rosario; o, en su defecto, anule lo actuado por esta Cámara Federal por inobservancia de normas procesales, y se ordene su adecuada substanciación”. Asimismo, mantuvo la reserva del caso federal realizada oportunamente.

Fuente Apfdigital

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