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«Fue como sacarme una mochila de mucho, mucho peso de la espalda» Dr. Salvador Espona (Caso Fornerón)

Tras veinticinco años de dilaciones, sobreseimientos y reclamos internacionales, el viernes 26 de diciembre el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 18 de Capital Federal resolvió el juicio por la apropiación y retención ilegal (según versa en la justicia) de la hija del ciudadano Leonardo Fornerón, donde quedaron ABSUELTOS todos los imputados. Desde ENTRERIOSNOTICIAS.AR dialogamos con el letrado Salvador Espona, uno de los imputados, ya absuelto.

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Hilda Sosa WWW.ENTRERIOSNOTICIAS.AR

Hablar del Caso Fornerón nos remonta al 16 de junio del año 2000 en nuestra ciudad Victoria, fecha de nacimiento de una niña hoy jóven arquitecta de 25 años de edad, que fuera dada en adopción otrora, a un matrimonio oriundo de Capital Federal.

A partir de allí un padre biológico que aparece en escena diciendo que no sabía del pertinente embarazo de su ex pareja, quien se lo negó hasta que oportunamente se realizara un ADN, pagado por los guardadores, dando resultado positivo y transformándose a partir de allí en un proceso contencioso, ya que éste se presentó oportunamente con un profesional del foro de la vecina localidad de Rosario del Tala, quien lle acompañó en el proceso.

Fornerón, durante años, intentó revertir esa decisión a través de varios planteos judiciales, pero ninguno tuvo acogida favorable. Primero, se le cerró el camino en la justicia de Entre Ríos, donde había iniciado una causa contra la madre biológica de su hija y contra un tercero imputado de actuar como intermediario en la supuesta venta de la niña. Tras quedar firme esa resolución, inició el procedimiento para llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Un caso éste, cuya dilación a través del tiempo ha hecho incluso, que el mismo se imponga en diversas casas de Altos Estudios como un leading case (precedente clave), siendo consecuentemente estudiado en diversas facultades de Derecho del país.

Para hablar de ello, desde ENTRERIOSNOTICIAS.AR dialogamos con el abogado Salvador Espona, quien amén de ser el letrado que al inicio del proceso representara al matrimonio porteño, fue uno de los imputados absueltos de manera unánime este viernes 26 de diciembre, junto al resto de los imputados, si bien vale destacar que la querella goza aún de otra instancia en Casación y la Corte Suprema de Justicia de la Nación; como asi también exponer en estas líneas que el fundamento de la sentencia será dada a conocer en el próximo mes de febrero 2026. (video)

Cronología

En junio del año 2000, Espona fue contratado por un matrimonio de Buenos Aires para tramitar una guarda judicial preadoptiva de una bebé nacida en Victoria, hija de madre soltera oriunda de Rosario del Tala.

Durante el proceso civil de la guarda apareció Leonardo Fornerón, quien se presentó como presunto padre; por lo que a pedido de las partes se realizó un ADN, pagado por los guardadores, que dio positivo, lo que transformó el trámite voluntario en un proceso contencioso.

En el fuero civil, el juez de primera instancia otorgó la guarda al matrimonio adoptante, apoyado en informes psicológicos que advertían que cambiar el entorno de la niña le causaría un daño grave.

La Cámara revocó esa decisión, pero el Superior Tribunal de Justicia restableció la sentencia original. Luego, Fornerón llevó el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que condenó al Estado argentino por irregularidades en el proceso.

A partir de ello, en 2015 se inició una causa penal en Buenos Aires contra diez personas (jueces, abogados, padres adoptivos, profesionales y la madre biológica), acusadas de sustracción y retención de la menor.

Tras años de trámite, el juicio oral concluyó con la absolución de todos los acusados, incluso con el fiscal sosteniendo que no había pruebas para condenar. Los fundamentos se conocerán más adelante.

En el juicio declaró la jóven —hoy de 25 años, profesional y formada en el exterior—, quien manifestó no querer vínculo con sus padres biológicos, relatando al unísono experiencias negativas en los intentos de revinculación durante su infancia.

El letrado Espona puso énfasis en su relato en el fuerte impacto personal y profesional que tuvo el proceso, aunque afirmó que finalmente la justicia llegó.

Un largo proceso…

“En el año 2000 a fines de junio, no tengo con certeza la fecha, me viene a ver un matrimonio de Buenos Aires, para que inicie una guarda judicial preadoptiva en el juzgado de Victoria,  en el Juzgado Civil Comercial, laboral y con fueros de familia, en ese entonces el Juzgado de Victoria tenía cuatro fueros, con una sola secretaría” relató Espona, iniciándose así el proceso, con una bebé que había nacido el 16 de junio en Victoria, hija de una madre soltera, de Rosario de Tala.

En esa línea de seguimiento, comentó que cuando todo transcurría por los carriles normales que amerita la temática de adopción, apareció un pretenso padre, “digo pretenso porque se presenta en el Registro de Estado Civil y Capacidades las personas de Victoria y este señor Leonardo Fornerón,  dice que él es el padre de la niña que nació el 16 de junio aquí en Victoria y hace lo que se llama una anexación marginal en el Registro Civil”; ya que se había enterado por conciudadanos talenses que la mujer con la que él había tenido una corta relación había tenido un bebé.

Subrayó luego que se sindica como pretenso padre, ya que sería una presunción simplemente de paternidad, pero para nada que sea el padre; ya que la dadora de la niña se presentó como madre sola y soltera. 

Así el escenario, Fornerón se presentó con un abogado de Rosario de Tala, solicitando tomar intervención en el expediente, por lo que se le corrió traslado a la Defensoría, al Defensor de Pobres y Menores, a la Fiscalía; dándosele participación en el expediente y pidiendo la pertinente.

Un ADN que demostró su paternidad

En su relato Espona destacó que pasaba el tiempo, hubo idas y venidas, la niña seguía con sus padres adoptivos en Buenos Aires y para considerar la paternidad requerida, fue necesario realizar un ADN, que fue pagado por el matrimonio de Buenos Aires, ya que si hacía por el carril estatal demoraría aproximadamente un año, lo que dio resultado positivo.

Al darle positivo el ADN viene toda la complicación del juicio, que de ser un juicio voluntario, un proceso simple de guarda con fines productivos, se transforma en un proceso contencioso.

Proceso civil

“Así las cosas, hay un proceso civil que todavía está en trámite, ahora en el juzgado de familia de Victoria, a cargo del doctor Lloveras, pero la niña hoy tiene 25 años” explicó, sumando luego a su alocución que oportunamente el doctor del Valle, independientemente del ADN, pidió se pase revista a la por entonces psicóloga de los tribunales, Lic Kairúz.

La profesional de salud mental emitió un dictamen diciendo que no era recomendable sacar a la niña del ámbito donde estaba, porque se le podría causar un daño irreparable; por lo que con esos fundamentos, más otro que esgrimió el juez, se dictó sentencia de la guarda a favor de los clientes del letrado Espona.

Consecuentemente, a pesar de dicha sentencia, Fornerón con su abogado apelaron a la Cámara de Paraná, la que revocó la sentencia de primera instancia mencionada.

Paso siguiente Espona y sus clientes apelaron esa decisión de la Cámara ante el Superior Tribunal de Justicia en pleno, el que les dio da la razón, terminando así el proceso de la guarda.

Ante aquello, Fornerón concurrió a la Fundación Césped en Buenos Aires, llevando a posteriori el reclamo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Allí, después de un largo proceso, el Estado argentino fue condenado a pagar una suma de dinero e indicaron al Estado que el proceso no fue todo lo normal que debería haber sido”.

Visitas

Amén de lo expuesto, continuaba en proceso el régimen de visitas del padre biológico con la niña M, las que se hacían en distintos lugares, primero en Victoria, luego en Buenos Aires.

-¿Cuántas veces pudo ver a su hija?

-Yo sí sé seguramente que acá en Victoria estuvo dos o tres veces, la vio. Otras veces él pedía audiencias con el juez acá y pedía que estas visitas fueran más frecuentes  y él no concurría a las audiencias. Como la niña residía en Buenos Aires, las visitas fueron más periódicas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Visitas que la niña iba, concurría, acompañaba a sus padres y se hacían en una sede de la Fundación de Madres de Plaza de Mayo o algo parecido. 

Corte Interamericana de Derechos Humanos

“Cuando salió la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se inició una causa penal contra nosotros en Buenos Aires”, detallando que es a partir de allí que comienza la denominada Etapa de Instrucción y quedando imputados:

-Ex Juez Civil y Comercial de Victoria Raúl del Valle (imputado, absuelto 26-12-2025)

-Los padres adoptivos de M (imputados, absueltos 26-12-2025)

-La madre biológica de M. Diana Elizabeth Enriquez (imputada, absuelta 26-12-2025)

-Salvador Espona, abogado de los padres adoptivos (nuestro entrevistado) (imputado, absuelto 26-12-2025)

-Lic. Daniela Kairúz (sobreseída en primera instancia en 2018)

-Defensor Marcelo Balbi (sobreseído en primera instancia en 2018)

-Defensor de pobres y menores suplente Julio Güaita (extinto, por lo que ante su fallecimiento pereció su imputación)

-Paul Reynoso (sindicado como nexo entre la progenitora y los adoptantes) imputado, absuelto 26-12-2025

-Ariel Barretto (sindicado como colaborador en el traslado de la madre entonces embarazada) imputado, absuelto 26-12-2025

“Allí estábamos imputados diez personas profesionales, el ex juez Raúl del Valle y quien está hablando, los padres adoptivos,  un señor Paul Reynoso y un señor Ariel Barreto, más la madre biológica Diana Elizabeth Enriquez,  el Defensor Marcelo Balbi, el doctor Julio Güaita (hoy extinto) y la licenciada Daniela Kairuz”.

Vale aclara que mas adelante en este procedimiento, en primera instancia, se dictaron a algunos sobreseimientos y a otros falta de mérito. 

“Entre esa resolución de juzgado de instrucción, la querella, quien patrocinaba a Fornerón, apeló esa decisión y la Cámara de Casación de la parte instructiva de este juicio  mantuvo el sobreseimiento para el doctor Marcelo Balbi y la Lic. Daniela Kairúz, pero revocó la falta de mérito y el sobreseimiento del resto de los imputados, por lo que quedamos ocho imputados y la causa se elevó a juicio”, enfatizó.

Siendo la mencionada, la causa que  culminó el día viernes 26 de diciembre con una sentencia absolutoria para todos los imputados.

-ERN:AR: Siempre se ha hecho hincapié en la marcada desigualdad económica de los padres biológicos, respecto de los adoptantes, gozando estos últimos de buena posición. ¿Fue determinante al momento de la decisión judicial?

-Dr. Salvador Espona: No, el proceso se resolvió en base al derecho y al interés superior del niño.

-ERN.AR; A nivel personal ¿cómo vivenció el proceso del juicio?, ya que fue estar en el banquillo de los acusados siendo abogado.

-Dr. Salvador Espona: fue muy difícill, entre otras cosas, a mí me llevó a dejar un poco la profesión, porque es amargante yo actué de buena fe…no te olvides que hay que concurrir a la ciudad de Buenos Aires, tomar un abogado de allí, si lo podés pagar, ya que no es barato un abogado en Buenos Aires y vivir pendiente de la situación. Difícil no sólo para mí, sino para mis seres queridos, familia y amigos que han estado siempre conmigo con mucha solidaridad.

Párrafo aparte, recalcó en las dos etapas del proceso penal, la Etapa de Instrucción donde la Cámara dio lugar a las acusaciones, dando lugar a la figura del delito de Sustracción de Personas «lo cual fue muy duro convivir con eso» y luego la Etapa de Juicio, donde finalmente fueron absueltos todos los acusados-

«La verdad fue como sacarme una mochila de mucho, mucho peso de la espalda».-

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