MEDIACIÓN PREJUDICIAL «el diálogo y entendimiento mutuo puede prevalecer sobre la discordia» Dra. Ana Bracco STJ
Desde ENTRERIOSNOTICIAS.AR, dialogamos con la Dra. Ana Bracco, Secretaria de Mediación en el STJ, sobre la importancia de la mediación prejudicial, vista como una herramienta de búsqueda de soluciones pacíficas.
Hilda Sosa WWW.ENTRERIOSNOTICIAS.AR
Quince años atrás, se creaba el Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del Superior Tribunal de Justicia, a través del cual el Poder Judicial de Entre Ríos exponía así un innovador enfoque para resolver disputas legales, conocido como Mediación Prejudicial.
Desde entonces, este método ha sido un pilar fundamental en la búsqueda de soluciones pacíficas y consensuadas en numerosos conflictos, evitando largos procesos judiciales y fomentando la armonía en la comunidad.
La Mediación Prejudicial ha representado una valiosa alternativa para resolver divergencias legales, promoviendo la comunicación entre las partes enfrentadas. Este enfoque ha demostrado ser eficiente y efectivo, ofreciendo un espacio neutral donde los involucrados pueden expresar sus preocupaciones, intereses y necesidades, amén de buscar acuerdos que satisfagan a ambas partes.
La letrada Ana Bracco, titular de la Secretaría de Mediación Prejudicial del Superior Tribunal de Justicia, en diálogo con ENTRERIOSNOTICIAS.AR, indicó que el enfoque de esta figura está dado para conciliar, superar la confrontación y que el entendimiento mutuo pueda prevalecer sobre la discordia; de hecho la ley que sostiene y estructura la Mediación Prejudicial Obligatoria, es la 9776 que rige desde hace 15 años en nuestra provincia.
“Al principio tuvo sus inconvenientes, porque existía una idea del proceso judicial que no incorporaba esta negociación previa y a partir de la reforma de la ley de código de procedimiento que incorpora le mediación prejudicial, lo que se busca es que las mismas partes se hagan cargo del problema y resolver esos conflictos” explicó.
-¿Todo conflicto está sujeto a Mediación Prejudicial o hay alguna salvedad?
-En principio todos, pero hay excepciones dictaminadas dentro de la misma normativa, tanto en quiebras, como en juicios ejecutivos.
-¿Cómo ha quedado el panorama judicial luego de esta implementación?
-Ha descomprimido los tribunales provinciales, debo destacar además que el Colegio de Abogados siempre fue un aliado, porque en muchas otras provincias se ha retrasado la puesta en marcha, porque los respectivos colegios ven amenazados sus trabajos. Todo abogado debe primero tratar de ir a mediación para resolver el conflicto y en el caso que en mediación no se resuelva, ahí puede acudir al órgano jurisdiccional.
Vale destacar además que según relevamiento del área pertinente del STJ, sólo un 15% de los casos que piden Mediación Prejudicial ingresa a juicio, habiendo un promedio de 1000 a 1300 mediaciones iniciadas por mes.
Bracco para ejemplificar esta figura, expuso el caso de una madre que se encuentra en una situación donde sus dos hijos se pelean por una naranja, ante aquello y haciendo un parangón con la justicia, un juez cortaría la fruta por la mitad y daría a cada uno su parte; en cambio la mediación le preguntaría a cada uno de los chicos ¿para que querés la naranja?, logrando así previa escucha a las partes, dar a cada uno lo que quiere.
“Yo creo que la Mediación Prejudicial Obligatoria ilumina un camino a soluciones más rápidas económicas y humanas, prioriza el diálogo, yo creo que el permitir ser escuchado y que el mediador como profesional, pueda conciliar diálogos difíciles llenos de emoción, es mejor que acudir al tribunal” enfatizó, agregando luego “los beneficios de la mediación prejudicial son notables: agilidad en la resolución de conflictos, reducción de la carga en los juzgados, disminución de costos para las partes involucradas y, sobre todo, la preservación de relaciones y la promoción de un clima de entendimiento mutuo.»(AUDIO)
Para más información sobre la mediación prejudicial y cómo acceder a este servicio, pueden dirigirse a las oficinas del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del STJ –CMARC-.
Contacto: Poder Judicial de Entre Ríos Laprida 455, tel. 0343 4206100 int. 132
Correo electrónico: mediacion@jusentreríos.gov.ar