¿CONGELAR es lo mismo que REDUCIR? Cruce de “invitaciones” entre la oposición y la intendencia
Un escenario que impera en el municipio y Concejo Deliberante local, donde el tema de sueldos de intendenta, funcionarios y ediles, le define y atraviesa. Sobre el proyecto y decreto.

Hilda Sosa WWW.ENTRERIOSNOTICIAS.AR
«La intendenta habla de congelamiento y los ediles de la oposición hablan de reducción…»
Por estos días se visibilizó una «mutua invitación» que desde sus respectivos roles, por un lado los concejales opositores a través de un Proyecto de Ordenanza y por el otro, el ejecutivo municipal desde un decreto, se realizan instando a llevar a cabo acciones que bien se podría decir tienen su siembra en época de campaña, en el 2023.
El motivo de aquello, se circunscribe alrededor de los haberes que perciben ediles y funcionarios e intendenta municipal, donde desde sendas acciones se instan a realizar “reducciones y/o congelamiento” de aquellos.
Un juego de palabras que interpelan en el escenario local, pero donde bien vale diferenciar el significado de ambos; ya que cuando se habla de “congelamiento” claramente se está haciendo referencia a algo que está definido desde la temporalidad, para luego volver a su estado originario.
En tanto la “reducción”, lejos de ser temporaria es efectiva y contundente en si misma.
Dos conceptos que estructuran el presente palaciego municipal y legislativo local de estos días; donde además desde ambos lados, se instan a hacer espejo uno en el otro, de hecho asi lo expresan:
-Invitación de los concejales de la oposición (Proyecto de Ordenanza que se tratará en sesión ordinaria este jueves 3 de julio)
“Invitamos al Poder Ejecutivo a acompañar esta medida de reducción de haberes, en consonancia con los compromisos asumidos durante la campaña…”
-Invitación de la Municipalidad (Decreto municipal N° 422)
“Invito al Concejo Deliberante a hacer lo mismo…congelamiento de sueldos…”
Sendos conceptos aquellos que se chocan en su esencia, pero que en la actualidad atraviesan al oficialismo y oposición locales, por lo que bien vale reconocerlos en sus recorridos.
Cronología
Ediles de la oposición
Los ediles de la oposición Gerardo Bruselario, Alejandro Rees, Javier Sobrero, Bettina Zabala y Luciana Zorzábal desde sus redes sociales trajeron al presente un Proyecto de Reducción de sueldos de concejales, que había sido presentado en sesiones extraordinarias el 19 de febrero del 2024, el cual fuera archivado; ya que oportunamente se expuso que la primer mandataria local Isa Castagnino iba a elevar un proyecto de sueldos políticos, el cual no fue desde una reducción, sino de Congelamiento.
El proyecto de los ediles opositores que ingresó en los Asuntos Tratado de este miércoles 2 de julio y será tratado mañana jueves 3 de julio, tiene como finalidad reducir la dieta que perciben los concejales, derogando la Ordenanza N°1078 relacionada a los gastos de representación.
La iniciativa propone derogar una ordenanza de 1992 que otorga a los concejales un adicional del 50 % sobre su dieta. Según los fundamentos del proyecto, este beneficio no está contemplado en la ley provincial y no se aplica en otras grandes ciudades de Entre Ríos.
Además los concejales, “instan al Poder Ejecutivo a acompañar esta medida en consonancia con los compromisos asumidos durante la campaña”. (Proyecto al pie del texto)
Intendenta Isa Catagnino
Decreto mediante con fecha 27 de junio 2025, la presidente municipal invitó al Concejo Deliberante a hacer espejo en el congelamiento de sueldos, medida ésta que rige desde este martes 1° de julio.
En sus explicaciones y planteo posterior que la intendenta expuso y se dio a conocer a través del área de prensa municipal, subrayó entre otras cosas que la drástica caída de la actividad económica en el ámbito nacional ha afectado en las cuentas del sector público, generando una marcada reducción de los impuestos coparticipables.
En comparación con mayo, en junio se percibió 45 por ciento menos de coparticipación nacional y 43 por ciento menos de coparticipación provincial. Lo anterior pone en serio riesgo el equilibrio de las cuentas municipales.
Ante este contexto económico adverso, la intendente, Isa Castagnino, dispuso mediante Decreto suspender a partir del 1° de julio toda actualización de haberes, salarios y cualquier otro concepto que integre la remuneración de los funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal.
Además, instruyó a las secretarías a realizar un exhaustivo análisis de todo contrato o convenio originado en su ámbito para promover las adecuaciones correspondientes a la situación económica.
El Decreto dispone, también, que se efectúe un relevamiento de todo tipo de adicionales que perciba el personal municipal.
Se garantizarán los derechos de los trabajadores municipales y lo estipulado no afectará el normal funcionamiento de los servicios municipales esenciales.
El Departamento Ejecutivo Municipal también invita al Concejo Deliberante a sumarse al esfuerzo, adoptando decisiones en línea con la situación económica que atraviesa la ciudad, la provincia y el país. (Decreto al pie del Proyecto de Ordenanza)
PROYECTO DE ORDENANZA
Derogación de Ordenanza N° 1.078 de gastos de representación de concejales
VISTO:
Que el sueldo de los Concejales de la ciudad de Victoria se compone de dos conceptos: Dieta establecida por Ordenanza N° 1.000/1991 y Gastos de Representación establecida por Ordenanza N° 1.078/ 1992;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de Municipios N° 10.027 en su Artículo 94° establece que los Concejales tienen derecho a una dieta que se la fijarán ellos mismos por mayoría de dos tercios (2/3) de la totalidad de sus miembros.-
Que en ningún otro Artículo de la mencionada Ley se establece el derecho del Concejal a Gastos de Representación u otra asignación mensual bajo ningún concepto.-
Que en la mayoría de los Municipios entrerrianos solo hay derecho a dieta, no así a gastos de representación, a saber: Paraná, Colón, Gualeguaychú, Nogoyá.-
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE VICTORIA, PROVINCIA DE ENTRE RIOS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º)- Deróguese en su totalidad la ORDENANZA Nº 1.078 del Año 1992 que fija una asignación mensual por gastos de representación y gastos de funcionamiento de Bancada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Victoria y que representa el equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la retribución por dieta de cada concejal.-
ARTICULO 2º)- De forma y comuníquese a Contaduría y Tesorería Municipal.-
DECRETO N° 422
DISPONIENDO ACCIONES TENDIENTES AL FORTALECIMEENTO DE LA SOSTENIBILIDAD FISCAL.
Victoria, Entre Ríos, 2 7 2025
VISTO:
El impacto de las medidas económicas apiicadas por el Gobierno Nacional, en claro desmedro de las finanzas de los gobiernos provinciales y locales; y CONSIDERANDO:
Que la drástica caída de la actividad económica ha impactado en las cuentas del sector público generando, en consecuencia, una marcada reducción de los impuestos coparticipables en términos reales;
Que, a su vez, durante el mes de junio del corriente año, se ha registrado una sensible reducción de los ingresos por Coparticipación, tanto Nacional como Provincial, poniendo en serio riesgo el equilibrio de las cuentas municipales, io que exige tomar acciones en ese sentido;
Que las medidas a implementar requieren la priorización de las erogaciones en el ámbito de la Municipalidad de Victoria, a la vez que exigen en este contexto un control exhaustivo y minucioso en la aplicación de los recursos;
Que es intención y política de estado de esta gestión de gobierno, bregar por el orden en las cuentas públicas;
Que es facultad dei Departamento Ejecutivo Municipal, fijar una determinación contundente respecto a la política salarial;
Que en uso de las facultades conferidas por la ley 10.027, modificada por la Ley N O
10.082, corresponde dictar el Acto Administrativo pertinente; por ello:
La presidente de la Municipalidad de Victoria Entre Rïos decretó:
ARTÍCULO 1 0 : Suspender a partir del 1 0 de Julio del corriente año, toda actualización de haberes, salarios y cualquier otro concepto que integre la remuneración de los funcionarios del Departamento Ejecutivo MuniciDa!-
ARTÍCULO 20 : Instruir a las Secretarías integrantes del Departamento Ejecutivo, a realizar un exhaustivo análisis de todo contrato o convenio originado en su ámbito, que se encuentre
vigente a la fecha y promover las debidas adecuaciones en términos económicos, a efectos de propender alcanzar niveles de erogaciones consecuentes con el contexto antes descripto.
ARTÍCULO 3 0 : Disponer que la Contaduría Municipal, a través de la Oficina de Personal, efectúe un relevamiento de todo tipo de adicionales que perciba el personal municipal en la actualidad, y realice un pormenorizado informe el que deberá ser elevado al Departamento Ejecutivo en un plazo de treinta (30) días del dictado de la presente norma.
ARTÍCULO 4 0 : Garantizar los derechos salariales de los trabadores municipales, acorde a las demandas que se presenten como prioritarias y en atención al cumplimiento de las tareas requeridas.
ARTÍCULO 5 0 : Establecer que lo estipulado en el presente no afectará el normal funcionamiento de los servicios municipales esenciales, garantizándose la prestación de Eos mismos.
ARTÍCULO 60 : Comunicar e invitar al Concejo Deliberante a adherirse a las medidas dispuestas en los Artículos 1 0 y 20 del presente.
ARTÍCULO 7 0 : El presente Decreto será refrendado por el titular de la Secretaría de Hacienda.
ARTÍCULO 80 : Pasar a todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo, Delegación de Isias Municipal y Juzgado de Faltas Municipal.
ARTÍCULO 9 0 : Regístrese, publíquese y cumplimentado archívese.